La mañana de este lunes 19 de febrero, el Gobierno Nacional, y la empresa privada boliviana firmaron el Acta de Entendimiento para las modificaciones al D.S. 0181, que prevé entre otras medidas, impulsar mayor participación de empresas constructoras nacionales en la ejecución de obras con el Estado, Gobiernos Municipales y Departamentales.

En Palacio de Gobierno y con la presencia del Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia en ejercicio, Alvaro García Línea, firmaron el acuerdo el Ministro de Economía y Finanzas, Mario Guillén; la Ministra de Planificación del Desarrollo, Mariana Prado y por la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia, Lic. Ronald Nostas y el Presidente y la Cámara Boliviana de la Construcción (CABOCO) Ing. Davor Vargas.
El acta de entendimiento es resultado de reuniones de coordinación para el ajuste del régimen de contrataciones Estatales, con el fin de actualizar y modificar algunas condiciones exigidas para la ejecución de las obras estatales, acordando que todos los ajustes normativos se realizarán, como máximo, en el primer trimestre de la gestión 2018.
El Vicepresidente celebró la firma del acuerdo que permitirá liberar recursos y facilitar que las empresas privadas continúen invirtiendo: “A nosotros como Estado nos conviene que las empresas bolivianas sean las contratadas, cuanto más dinero del Estado quede en manos de la empresa privada boliviana, ese dinero se reinvierte en Bolivia, en cambio cuando contratamos una empresa extranjera una parte se queda en Bolivia y otra se va fuera del país” resaltó.
A su turno, el Presidente de la CABOCO, Ing. Davor Vargas manifestó su agradecimiento por la apertura el Ejecutivo para trabajar en estos temas que son de vital importancia para la empresa nacional.
Destacó también la participación de sector constructor, como un pilar fundamental para el desarrollo económico del país, manifiesto en las cifras expuesta en el Producto Interno Bruto y generadora de aproximadamente 486.000 empleos.
Lo propio fue manifestado por el Presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia, Lic. Ronald Nostas, al expresar su beneplácito por el acuerdo que beneficia a un sector productivo importante y generador de empleos en el país.
ENTIDADES PARTICIPANTES
En acuerdo es resultado de la reunión sostenida entre representantes del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP), Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda (MOPSV), Ministerio de Planificación del Desarrollo (MPD), Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) y la Cámara Boliviana de la Construcción (CABOCO), en ambientes del MEFP.
PUNTOS ACORDADOS
Se acordaron 7 puntos y sus respectivas acciones para hacerlo posible:
1. Devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato una vez ejecutado como mínimo el 70% de la obra. En ese punto el contratista presentará otra garantía de cumplimiento de contrato, equivalente al 7% del monto del contrato que resta por ejecutar, condicionado a que la obra no tuviera retrasos atribuibles al Contratista. Para esto el gobierno debera.
a) emitir un Decreto Supremo que modifique la normativa vigente
b) emitir una Resolución Ministerial del MEFP modificando el Modelo de Documento Base de Contratación (DBC), para la contratación de obras.
2. Que la Liquidación Final se realice juntamente con la Recepción Provisional de Obra, logrando efectuar la liberación de la Garantía de Cumplimiento de Contrato con la emisión del Acta de Recepción Definitiva. Para esto, el Gobierno deberá emitir una Resolución Ministerial del MEFP que modifique el Modelo de Documento Base de Contratación (DBC), para la contratación de Obras.
3. Disminuir el valor de la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo cuando la planilla sea aprobada por el fiscal, evitando el pago de la misma, por la deducción del Anticipo, que se realiza en cada planilla de avance de obra. Las acciones a realizar por las autoridades serán: a) analizar las Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada para disminuir el valor de la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, y que sea liberada, y b) emitir una Resolución Ministerial del MEFP que modifique el Modelo de Documento Base de Contratación (DBC), para la contratación de Obras.
4. Incrementar el porcentaje de la subcontratación de empresas hasta el 40% del monto total del contrato, para que las empresas extranjeras subcontraten a empresas nacionales, que deberá ser autorizado por la entidad contratante. Para ello, el Gobierno se compromete emitir una Resolución Ministerial del MEFP que modifique el Modelo de Documento Base de Contratación (DBC), para la contratación de Obras.
5. Incentivar a las entidades contratantes la ejecución de obras por tramos, considerando que el Artículo 24 del Decreto Supremo N° 0181 prevé este tipo de adjudicaciones. Para el logro de este punto, se coordinará con las entidades ejecutoras del Estado (como ser ABC, FPS, ENDE y otras).
6. El proponente decidirá el tipo de garantía a presentar independientemente del monto de contrato. Para ello, el Gobierno deberá: a)Emitir un Decreto Supremo que modifique el parágrafo II del Artículo 20 del DS 0181, y b)Emitir una Resolución Ministerial del MEFP que modifique el Modelo de Documento Base de Contratación (DBC), para la contratación de Obras.
7. Las planillas de avance de obra aprobadas por el supervisor y el fiscal servirán de garantía, con plena responsabilidad del contratista, a objeto de poder ser financiados por instituciones de intermediación financiera. Para operativizar este punto, se revisará la alternativa de emitir una norma específica, en coordinación con el Sistema Financiero, a fin de determinar los alcances de dicha medida.
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